A través de la Oficina Viviendas Fiscales Santiago y los Encargados de Viviendas Fiscales de las distintas unidades del país, administran y otorgan
las prestaciones habitacionales al funcionario DGAC y su grupo familiar, a fin de satisfacer de manera oportuna la necesidad de una vivienda fiscal, aplicando los procedimientos establecidos en PRO DRH 27 que regula la “Ocupación de Viviendas Fiscales del Patrimonio de Afectación Fiscal del Departamento Bienestar Social y Viviendas Fiscales DGAC.”
1. El proceso de postulación a una vivienda fiscal inicia cuando un funcionario se desempeña en una unidad del país y esta dispone de viviendas fiscales.
2. Puede postular todo funcionario (Planta o Contrata) que no sea dueño de una propiedad (ni él ni su cónyuge) en la localidad en que presta sus servicios (acreditar mediante anexo C).
3. La forma de postular es a través del anexo A “Solicita Postular a Vivienda Fiscal” y debe completar los datos requeridos en el formulario, para luego enviarlo a la Oficina Viviendas Fiscales a través de su correo electrónico: viviendasfiscales@dgac.gob.cl, si el inmueble se ubica en Santiago, o bien a la Encargada Viviendas Fiscales en la unidad donde prestan los servicios (ver apartado de contactos), si la vivienda se encuentra en regiones.
1.El proceso de asignación de viviendas fiscales inicia con las disponibilidad de una vivienda fiscal funcional, en buen estado y adecuadas condiciones de habitabilidad.
2.El funcionario que encabeza la lista de postulantes es el funcionario beneficiario, esto atendido los criterios establecidos en el Estatuto Administrativo y el PRO DRH 27 sobre “Ocupación de Viviendas Fiscales”, normativa que atiende al grado jerárquico del funcionario, calidad jurídica (Contrata o Planta), antigüedad en grado, Institución y en la Administración del Estado.
3.Aceptada la vivienda fiscal (vía correo electrónico), la Oficina Viviendas Fiscales indica al funcionario beneficiario que al momento de materializar la asignación, este debe completar y entregar los siguientes documentos:
4.Fijado día y hora para asignar la vivienda fiscal, personal de la Oficina VV.FF levanta “Acta de Asignación o Entrega” de la vivienda fiscal y entrega al funcionario el “Convenio de Ocupación VV.FF” (ya firmado por el Encargado del Departamento Bienestar Social) Anexo B, para su firma.
5.Finalmente, el monto mensual a descontar de la remuneración del funcionario, corresponde al 10% de su sueldo base, conforme establece el Art. 91 del Estatuto Administrativo.
1. El proceso de devolución de una vivienda fiscal se inicia cuando el funcionario comunica su intención de restituirla a la institución, atendida alguna de las causales señaladas en PRO DRH 27, normativa interna que regula materias relacionadas con viviendas fiscales, o la simple voluntad de restituirla.
2. Llegada la fecha y hora acordada para la devolución material de la vivienda, personal de la Oficina Mantenimiento verifica el estado del inmueble y se levanta Acta “Devolución Vivienda Fiscal”.
3. Por su parte, el funcionario ocupante debe exhibir al personal designado por la Oficina Viviendas Fiscales, las boletas y comprobantes de pago de servicios básicos pagadas a la fecha de devolución y demostrar la funcionalidad de los artefactos que componen la vivienda.
4. Finalmente, el funcionario entrega formalmente las llaves del inmueble una vez firmada el acta correspondiente.
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